Desde el 1 de septiembre, los extranjeros no residentes deberán presentar un certificado de vacunación contra el COVID-19, o un PCR realizado máximo 48 horas antes de salir del país de procedencia.

  1. Mascarillas: Su uso se ajustará a lo recomendado desde el punto de vista sanitario y consistente con el alto nivel de vacunación de la población. Se recomienda para personas con síntomas respiratorios, en lugares de alta aglomeración, en visitas a centros de larga estadía y en los medios de transportes colectivos públicos o privados. Se mantendrá el carácter obligatorio para consultantes de establecimientos de salud de cualquier tipo. su uso usuarios que acudan a algún centro de salud.
  2. Pase de movilidad : Se descontinuará la exigencia del pase de movilidad, ello en concordancia con la incorporación de la nueva vacuna y las altas tasas de vacunación logradas.
  3. Aforos y ventilación : – Se eliminan las limitaciones de aforo en espacios abiertos y cerrados, quedando conforme a la regulación sanitaria vigente. Se recomendará que los lugares cerrados realicen adaptaciones graduales para mejorar las condiciones de ventilación a largo plazo, con objeto de enfrentar de mejor manera brotes de enfermedades respiratorias.
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